Subvenciones destinadas al alquiler de viviendas
Podrán ser beneficiarios las personas físicas mayores de edad que sean titulares o están en condiciones de suscribir un contrato de arrendamiento cuya renta sea igual o inferior a 600 euros mensuales, o hasta 900 euros en el supuesto de las familias numerosas o determinados municipios señalados en la convocatoria, por una vivienda que constituya o vaya a constituir su domicilio habitual y permanente y que se encuentren en alguno de estos supuestos establecidos en la Orden de convocatoria.