Bando medidas prevención contra incendios
En las épocas de peligro medio y alto de incendio, comprendidas entre el 16 de mayo al 31 de octubre, se considera especialmente relevante recordar a los vecinos y vecinas las medidas y actuaciones preventivas contenidas en el Plan de Actuación Municipal ante Emergencias por Incendios Forestales y en especial:
- La importancia y obligación de revisar el estado de la vegetación de las parcelas de su propiedad, y proceder al desbroce preventivo de una franja perimetral antes de la época de peligro alto de incendio forestal.
- Retirada de los restos vegetales a lugar apropiado para ello (planta de compostaje), evitando el acopio de los mismos en lugares no destinados a ello.
- La prohibición del uso del fuego en terreno forestal y en una franja de 400 metros circundantes.
- El lanzamiento de elementos artificiales que puedan provocar ignición, como cohetes y artefactos pirotécnicos, requiere de una autorización expresa, en la que se establecerán las medidas de seguridad que deban adoptarse.
- El uso de maquinaria y equipos cuyo funcionamiento pueda generar deflagraciones, chispas o descargas eléctricas (maquinaria agrícola, equipos de corte y soldadura, etc…), en terreno forestal y en una franja de terreno de 400 metros a su alrededor en caso de ser el terreno suelo no urbano, requerirá de una autorización específica en donde se establecerán las correspondientes medidas preventivas que sean necesarias.
- Observar especial cuidado en la prevención de incendios forestales en aquellas zonas de interfaz urbano-forestal, es decir, aquellas zonas en las que el terreno forestal se entremezcla y entra en contacto con la zona urbana (bordes de los núcleos urbanos, diseminados de viviendas, viviendas aisladas, urbanizaciones, etc..).
EL ALCALDE,